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Proyecto de Ley sobre el “Cumplimiento de obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal” (Boletín 16.621-05).

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El pasado 25 de septiembre, la Cámara aprobó el proyecto de ley sobre el “Cumplimiento de obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal” (Boletín 16.621-05), quedando pendiente únicamente su aprobación por parte del Tribunal Constitucional, y su posterior promulgación y publicación en el Diario Oficial.

Esta reforma introduce cambios en la normativa tributaria, que impactarán tanto a empresas como a contribuyentes individuales. A continuación, destacamos algunas de las principales modificaciones:

– Modificación de la Norma General Antielusiva (NGA): Modifica la NGA clarificando la aplicación de la misma en el escenario que sea procedente una norma especial antielusiva. Asimismo se establece que esta facultad del SII se puede ejercer en un plazo de 6 años, entre otras modificaciones.

– Sanciones por elusión: Se aumentan las sanciones para quienes diseñen, planifiquen o implementen esquemas elusivos, con multas que pueden llegar a 250 UTA, en caso de reiteración.

-Reemplazo del artículo 64 del Código Tributario: Se introduce un nuevo artículo relativo a la facultad del Servicio de Impuestos Internos (SII) de tasar cuando el valor asignado a una operación sea base para determinar un impuesto, y sus excepciones.

– Modificación de la tasa de interés moratorio:La tasa dejará de ser fija (1,5% mensual) y se basará en el interés corriente con un incremento del 3,5%.

-Secreto bancario y fiscalización: Se agiliza el procedimiento para levantar el secreto bancario y se crea una nueva norma de reporte de información para entidades financieras.

-Nuevas normas de IVA:Se introducen modificaciones al IVA,  extendiendo su aplicación a la venta de bienes ubicados en el extranjero, a los servicios remotos, y a las plataformas digitales de intermediación, eliminando la exención a la importación de bienes de menor valor.

-Regularización de capitales en el extranjero: Se establece un nuevo proceso de regularización de capitales mediante el pago de un impuesto del 12%, aplicable a bienes y rentas que se encuentran en el extranjero y que no han sido declaradas oportunamente. El procedimiento es similar al aplicado el año 2015.

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